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Revisión del valor catastral

No pague más impuestos de los que correspondan, si cree que puede haber un error en la valoración catastral de su inmueble contacte con nosotros.  

El impuesto de bienes inmuebles (IBI) se calcula con el valor catastral, el cual revisa periódicamente la administración.

La falta de ingresos en los últimos años en los Ayuntamientos debido a la caída del sector de la construcción ha producido el aumento de tributos y más concretamente el aumento del IBI, y lo que antaño era un impuesto casi inapreciable hoy en día supone un importante esfuerzo para la economía doméstica y empresarial.

Como todos, la Administración puede equivocarse y nos encontramos con multitud de errores en la estimación de los valores catastrales, recordemos que se trata de una valoración masiva en la cual se aplican individualmente una serie de coeficientes a las ponencias de valores obtenidas.

 

Dos son las vías o momentos en los que podemos ayudarle, el primero es si ha recibido una notificación de revisión de valor de su inmueble, en este caso tenemos 30 días para recurrir si no estamos de acuerdo y el segundo es para rectificar en cualquier momento errores o discrepancias por ejemplo en los metros cuadrados del inmueble o coeficientes aplicados, este recurso o alegación se puede presentar en cualquier momento y tiene una retroactividad de 4 años.

 

Además, recuerde que el valor catastral no sólo sirve para abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles, también sirve de base para pagar tributos en una futura transmisión patrimonial,(ITP),  Actos Jurídicos Documentados (AJD), impuestos de Sucesiones y Donaciones e impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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